Aquellos cuyo importe devengado por décimo o resguardo para Lotería Nacional o por resguardo para Juegos Activos, sea menor de 2.500 € (< 2.500 €).
Premios Mayores:
Aquellos cuyo importe devengado por décimo o resguardo para Lotería Nacional o por resguardo para Juegos Activos, sea igual o mayor de 2.500 € (? 2.500 €).
En función del tipo de premio la forma de pago es diferente:
Premios Menores
Serán pagados obligatoriamente por los Puntos de Venta y sólo por éstos, a partir del día siguiente al del sorteo o concurso. Por tanto, las Entidades Financieras no podrán pagar esta categoría de premios.
Premios Mayores
Serán pagados obligatoriamente por las Entidades Financieras (Bancos o Cajas de Ahorros) y sólo por éstas, a partir del día siguiente al del sorteo o concurso.
Las Entidades Financieras autorizadas por SELAE para el pago de premios son las siguientes:
NOTA: Los bancos o las entidades financieras no podrán cobrar ningún tipo de comisión, ni exigir contraprestación alguna, a quien les solicite el pago de un premio mayor.